Empresas reguladas

Modelo de prevención de delitos (Ley 20.393): cada elemento como obligación de tu matriz

El modelo de prevención de delitos de la Ley 20.393 es lo que puede eximir a una persona jurídica de responsabilidad penal, siempre que esté efectivamente implementado. Desde el 1 de septiembre de 2024 rige el artículo 4 reescrito por la Ley 21.595: llévalo como obligaciones con responsable, evidencia y estado.

Qué es el modelo de prevención de delitos y por qué importa

La Ley 20.393 establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Según su artículo 3, la persona jurídica responde por los delitos que indica cuando son perpetrados en el marco de su actividad por alguien que ocupa un cargo, función o posición en ella, o que le presta servicios gestionando sus asuntos ante terceros, siempre que el hecho se vea favorecido o facilitado por la falta de implementación efectiva de un modelo adecuado de prevención.

El modelo de prevención de delitos (MPD) es, por lo tanto, la pieza central: el artículo 4 dice que un modelo efectivamente implementado y adecuado sirve «para los efectos de eximirla de responsabilidad penal». Tenerlo en papel no basta; la ley habla de implementación efectiva.

La ley alcanza a las personas jurídicas de derecho privado, las empresas públicas creadas por ley, las empresas, sociedades y universidades del Estado, los partidos políticos y las personas jurídicas religiosas de derecho público (artículo 2).

La Ley 21.595 cambió la Ley 20.393: desde cuándo rige

La Ley 21.595 de Delitos Económicos reemplazó, en su artículo 50, los artículos 1 a 4 de la Ley 20.393, entre otros cambios. Su artículo 60 dispuso que esas modificaciones entraran en vigor el primer día del decimotercer mes siguiente a su publicación, ocurrida el 17 de agosto de 2023. LeyChile registra la versión vigente desde el 1 de septiembre de 2024.

Si tu MPD se diseñó antes de esa fecha, revisa tres cambios:

  • Delitos cubiertos. El artículo 1 vigente remite a los delitos de los artículos 1, 2, 3 y 4 de la Ley de Delitos Económicos, sean o no considerados delitos económicos por esa ley, y agrega los previstos en el artículo 8 de la Ley 18.314, el Título II de la Ley 17.798 y los artículos 411 quáter, 448 septies y 448 octies del Código Penal. El catálogo es amplio: revisa la Ley 21.595 directamente para mapear qué figuras aplican a tus procesos.
  • Certificación. El artículo 4 de la versión original contemplaba la certificación del modelo. El texto vigente no la menciona; exige evaluaciones periódicas por terceros independientes.
  • Encargado de prevención. El artículo 4 vigente habla de «uno o más sujetos responsables» de aplicar los protocolos. La expresión «encargado de prevención de delitos» sigue apareciendo en el artículo 6, que considera atenuante su autonomía debidamente acreditada, entre otras medidas eficaces adoptadas antes de la formalización.

Los cuatro elementos del artículo 4 vigente

El modelo debe considerar «seria y razonablemente» estos aspectos, en la medida exigible a su objeto social, giro, tamaño, complejidad, recursos y actividades:

  1. Identificación de riesgos. Las actividades o procesos de la persona jurídica que impliquen riesgo de conducta delictiva.
  2. Protocolos y procedimientos para prevenir y detectar conductas delictivas en esas actividades, que deben considerar necesariamente canales seguros de denuncia y sanciones internas. Deben comunicarse a todos los trabajadores y la normativa interna debe incorporarse expresamente en los contratos de trabajo y de prestación de servicios, incluidos los máximos ejecutivos.
  3. Uno o más responsables de aplicar los protocolos, con adecuada independencia, facultades efectivas de dirección y supervisión, y acceso directo a la administración para informar, rendir cuenta y requerir medidas. La persona jurídica debe darles los recursos y medios necesarios.
  4. Evaluaciones periódicas por terceros independientes y mecanismos de perfeccionamiento o actualización a partir de ellas.

El MPD como obligaciones de la matriz

Cada elemento se traduce en obligaciones verificables. Ejemplo ilustrativo; los responsables dependen de tu organización:

Obligación Fuente Responsable sugerido Evidencia Criticidad
Identificar y actualizar procesos con riesgo delictivo Art. 4 n° 1 Encargado de prevención Matriz de riesgos aprobada y fechada Alta
Mantener protocolos de prevención y detección Art. 4 n° 2 Encargado de prevención Protocolos vigentes aprobados Alta
Operar un canal seguro de denuncias Art. 4 n° 2 Encargado de prevención Canal operativo y registro de denuncias Alta
Definir sanciones internas Art. 4 n° 2 Personas / Jurídica Reglamento interno con sanciones Alta
Comunicar protocolos a todos los trabajadores Art. 4 n° 2 Personas Registros de difusión y capacitación Media
Incorporar la normativa interna en contratos Art. 4 n° 2 Personas / Abastecimiento Cláusulas en contratos de trabajo y de servicios Alta
Designar responsables con independencia, facultades y recursos Art. 4 n° 3 Directorio Acta de designación y presupuesto asignado Alta
Rendir cuenta a la administración Art. 4 n° 3 Encargado de prevención Informes periódicos al directorio Media
Evaluación periódica por tercero independiente Art. 4 n° 4 Directorio Informe de evaluación externa Alta
Implementar mejoras derivadas de la evaluación Art. 4 n° 4 Encargado de prevención Plan de acción y seguimiento Media

Para la estructura general de columnas y el flujo de trabajo, revisa la guía para armar una matriz de cumplimiento normativo.

Qué penas arriesga la persona jurídica

El artículo 8 enumera: extinción, inhabilitación para contratar con el Estado, pérdida de beneficios fiscales y prohibición de recibirlos, supervisión, multa, comiso y publicación de un extracto de la sentencia. El tribunal impone siempre la multa y, al fijar las demás penas, considera entre otros factores la existencia del modelo y su grado de implementación (artículo 15).

La multa se calcula en días-multa: entre 2 y 400, con un valor por día de 5 a 5.000 UTM (artículo 12).

Cómo lo hace Oblex

Oblex es un software web, en beta, para llevar la matriz de cumplimiento normativo. La Ley 20.393 y la Ley 21.595 están publicadas en LeyChile, así que se pueden incorporar al corpus con su estructura real y búsqueda semántica; la IA propone obligaciones por artículo, con evidencia sugerida, y las contrasta con tu matriz para no duplicar. Cada obligación del MPD queda asignada a una unidad del árbol, con sus evidencias, y su estado (Sin evaluar, Cumple o No cumple) lo pone siempre una persona con su justificación. El asistente puede revisar la evidencia cargada y señalar cumplimientos sin respaldo, útil antes de una evaluación externa.

Si tu empresa además está fiscalizada por un regulador sectorial, revisa cómo integrar esa normativa en cumplimiento normativo para empresas reguladas. Oblex no reemplaza el criterio jurídico ni es asesoría legal.

Preguntas frecuentes

¿Qué elementos debe tener un modelo de prevención de delitos según la Ley 20.393?

El artículo 4 vigente exige considerar seria y razonablemente cuatro aspectos: identificar las actividades o procesos con riesgo de conducta delictiva, establecer protocolos y procedimientos de prevención y detección con canales seguros de denuncia y sanciones internas, asignar uno o más responsables con independencia, facultades y recursos, y prever evaluaciones periódicas por terceros independientes con mecanismos de mejora.

¿Desde cuándo rige la Ley 20.393 modificada por la Ley 21.595?

La Ley 21.595 de Delitos Económicos se publicó el 17 de agosto de 2023 y dispuso que sus modificaciones a la Ley 20.393 entraran en vigor el primer día del decimotercer mes siguiente a su publicación. LeyChile registra esa versión vigente desde el 1 de septiembre de 2024.

¿Sigue existiendo la certificación del modelo de prevención de delitos?

El artículo 4 anterior contemplaba que las personas jurídicas podían certificar la adopción e implementación de su modelo. El texto vigente tras la Ley 21.595 no menciona la certificación y exige, en cambio, evaluaciones periódicas por terceros independientes y mecanismos para perfeccionar el modelo a partir de ellas.

¿Quiénes están obligados por la Ley 20.393?

Según su artículo 2 vigente, responden penalmente las personas jurídicas de derecho privado, las empresas públicas creadas por ley, las empresas, sociedades y universidades del Estado, los partidos políticos y las personas jurídicas religiosas de derecho público.

¿Qué penas arriesga una empresa bajo la Ley 20.393?

El artículo 8 enumera la extinción, la inhabilitación para contratar con el Estado, la pérdida de beneficios fiscales y la prohibición de recibirlos, la supervisión, la multa, el comiso y la publicación de un extracto de la sentencia. El tribunal impone siempre la multa y, en caso de condena, siempre la publicación del extracto.

Fuentes oficiales

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